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Perito Judicial

Guía completa sobre el perito judicial en España: qué es, qué tipos existen, cómo se interviene en un proceso judicial, cuánto se cobra y cómo acceder a la profesión.

10 min de lectura

¿Qué es un perito judicial?

Un perito judicial es un profesional con conocimientos especializados que interviene en un proceso judicial para proporcionar información técnica que el juez necesita para tomar una decisión. El perito aporta su saber experto sobre materias que escapan al conocimiento jurídico: medicina, psicología, ingeniería, contabilidad, entre otras.

En el ámbito de la psicología, el perito judicial psicólogo evalúa aspectos psicológicos relevantes para el proceso: competencia parental, imputabilidad, daño psicológico, credibilidad del testimonio, capacidad cognitiva o acoso laboral, entre otros.

El marco legal del perito judicial se encuentra en la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículos 335-352) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal (artículos 456-485). Ambas normativas regulan la designación, actuación, derechos y obligaciones del perito en el proceso judicial.

Tipos de peritos judiciales

Perito de parte: designado y financiado por una de las partes del proceso. La parte elige libremente al profesional. El informe de parte tiene la misma validez legal que el de oficio, aunque la parte contraria puede cuestionar su imparcialidad.

Perito de oficio: designado por el juzgado, generalmente a través de las listas de peritos de los colegios profesionales o del sistema de insaculación. Su designación por el tribunal le confiere una presunción de mayor imparcialidad.

Perito del equipo psicosocial: en los Juzgados de Familia, existen equipos psicosociales (formados por psicólogos y trabajadores sociales) adscritos al juzgado. Estos profesionales actúan como peritos internos del tribunal.

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El perito en el proceso judicial

La intervención del perito en el proceso judicial sigue una secuencia definida: designación (por la parte o por el juzgado), aceptación del encargo, realización de la evaluación, elaboración del informe pericial, presentación del informe al juzgado y ratificación en el acto del juicio.

El perito tiene la obligación de actuar con objetividad e imparcialidad, y debe prestar juramento o promesa de decir verdad. Tiene derecho a cobrar honorarios por su trabajo y a solicitar la provisión de fondos antes de iniciar la evaluación (en el caso de los peritos de oficio).

La ratificación judicial es el momento clave en el que el perito defiende su informe ante el tribunal, respondiendo a las preguntas de las partes y del juez. Una ratificación sólida y bien preparada refuerza significativamente el valor probatorio del informe.

PV

Pedro Vicente Mateo Fernández

Psicólogo Forense · Colegiado M-32159

Psicólogo forense colegiado por el COP Madrid. Doctorando en Psicología por la Universidad Complutense de Madrid. Perito de oficio inscrito en las listas del COP Madrid.

Colegiado M-32159Doctorando UCMPerito de Oficio

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