Daño Psicológico y Trastorno Previo: Cómo se Distingue

Si una persona ya tenía síntomas antes de los hechos que alega, el perito no atribuye todo el cuadro a esos hechos ni lo descarta: describe qué había antes, qué cambió y qué parte es compatible con lo ocurrido. Este artículo explica cómo se hace esa distinción, qué límites tiene y qué conviene aportar. Más información en daño psicológico.
¿Por qué importa el estado previo?
Porque el daño que se reclama es el que se añade a lo que ya existía. Si la persona tenía un cuadro de ansiedad o depresión antes de un accidente, de una agresión o de una situación laboral, el informe debe separar lo previo de lo posterior. Un informe que ignora los antecedentes se debilita ante la otra parte.
¿Qué información se recoge?
- Historia clínica y tratamientos anteriores, si los hay y la persona lo autoriza.
- Entrevista sobre la trayectoria: cuándo aparecieron los síntomas y cómo han evolucionado.
- Documentación disponible (informes médicos, bajas, partes).
- Pruebas psicométricas, con control de la validez de lo que refiere la persona.
- Información de otras fuentes cuando es posible y pertinente.
¿Qué límites tiene esta valoración?
Una revisión sobre la evaluación forense del trastorno de estrés postraumático en litigios señala que las opiniones sobre causalidad son complejas por los sesgos de la memoria retrospectiva, que el cuadro puede remitir de forma espontánea durante el primer año, que al menos un 10 % de las personas expuestas a un trauma mantiene malestar crónico y que se sabe poco de la evolución más allá del primer año (Koch et al., 2005). Además, la investigación sobre violencia psicológica muestra asociaciones moderadas o fuertes con estrés postraumático y depresión, de certeza baja según los autores (Dokkedahl et al., 2022). Con estos datos, el perito no afirma una relación causal: valora la compatibilidad entre el cuadro, su evolución y la cronología de los hechos alegados.
¿Qué debe decir un buen informe?
Que hay o no afectación psicológica, de qué tipo y de qué intensidad; qué repercusión tiene en la vida de la persona; qué parte del cuadro existía antes; y con qué grado de certeza se relaciona con los hechos alegados. Los hechos se presentan «según refiere» la persona evaluada; probarlos no es tarea del perito.
¿Qué conviene aportar?
Informes médicos o psicológicos anteriores y posteriores a los hechos, partes de baja, recetas y cualquier documento que fije fechas. Cuanto mejor esté documentada la línea temporal, más claro resultará el informe.
Preguntas frecuentes
¿Tener un trastorno previo impide reclamar por daño psicológico?
No lo impide. Lo que cambia es qué parte del cuadro se atribuye a los hechos, y eso lo valora el perito y, en último término, el juez.
¿Se puede revisar un informe que ignora los antecedentes?
Sí. Un contrainforme revisa si el informe consideró los antecedentes y si sus conclusiones se ajustan a los datos.
¿Necesita valorar un daño psicológico?
Un informe pericial psicológico cuesta entre 800 y 2.000 euros según el caso, con un plazo habitual de dos semanas, y atendemos casos urgentes. Consulte antes la reclamación a una expareja por daño psicológico si su caso es ese. Contacto.